Según lo dispuesto por el art.82 de la Ley de Amparo no se admitirá más recursos que los de revisión, queja y reclamación.
1. La revisión; los recursos proceden en el Amparo indirecto contra actos o resoluciones de los Jueces de Distrito y se tramita ante los tribunales Colegiados y el H. Suprema Corte de Justicia:
a) Materia del recurso ante los Tribunales Colegiados;
· Contra los autos que desechen o tengan por no interpuesta la demanda
· Contra los autos que concedan o nieguen la suspensión definitiva.
· Contra los autos de sobreseimiento dictados fuera de audiencia constitucional
· Contra la interlocutora que niegue la reposición de autos
· Contra los autores emitidos en la audiencia constitucional
· Contra sentencias pronunciadas en la audiencia que ampare
b. Materia del recurso ante la Suprema Corte de Justicia
· En el amparo indirecto la revisión la conocerá y resolverá la H. Suprema Corte de Justicia
· Contra las sentencias pronunciadas en la audiencia por lo Jueces de Distrito que resuelvan sobre la constitucionalidad de la leyes federales o locales
· Cuando el amparo se trate de invasión de soberanías
b. Facultad de atracción
· La suprema Corte de Justicia tiene la facultad de pedir de oficio aquellos amparos en revisión que por sus características especiales y su importancia deben ser resueltos por ella a petición.
b. Condiciones para interponer el recurso de revisión
· Se planteará por escrito y con copias necesaria una de las partes, ante el Juez de Distrito en el amparo indirecto o ante el Tribunal Colegiado en el amparo directo.
· El plazo para interponer el recurso será de diez días contados
· Interposición del recurso de revisión contra las sentencias que afecten el acto
· En el escrito en que se interponga el recurso de revisión se expresará los agravios que cause resolución o sentencia impugnada
· Cuando fallen copias se requiera al recurrente para presente omitidas
b. Desechar el recurso
- El único que permite la ley para tener por no interpuesto el recurso, es cuando el quejoso o la autoridad responsable, no exhibe copias simples del escrito de revisión
Elaborado por:
Denny Martinez Ramirez
Muchas Felicidades Equipo por ser tan responsables y por entregar siempre en tiempo y forma.
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